La criminalidad global es la cara amarga de la globalización (Zúñiga, 2013, p.559). Así la describe Laura Zúñiga al abordar la forma en cómo las organizaciones criminales de las sociedades contemporáneas han
diversificado y expandido sus conexiones ilícitas a otros países, operando de manera clandestina y aplicando métodos sofisticados y complejos para la comisión de diversos delitos, tales como, el tráfico ilícito de drogas trata de personas, minería ilegal, lavado de activos y delitos relacionados a la corrupción en la administración pública. En este sentido, el profesor Luigi Ferrajoli afirma que la criminalidad organizada “ha adquirido un desarrollo transnacional y una importancia y un peso financiero sin precedentes, hasta el punto de configurarse como uno de los sectores más florecientes, ramificados y rentables de la economía internacional” (Ferrajoli, 2006, p. 304).
Ante ello, y con el objetivo de contrarrestar esta nueva realidad, la comunidad internacional ha optado por una colaboración y coordinación entre sus agencias judiciales mediante la celebración de acuerdos bilaterales y multilaterales, estableciendo determinados mecanismos de cooperación judicial internacional que posibiliten la investigación, procesamiento y sanción de las personas que integran las organizaciones criminales y posteriormente, la desarticulación de estas últimas.
En este contexto, la extradición cobra notoriedad al constituirse como el mecanismo de cooperación judicial internacional más antiguo y mayormente empleado para la lucha contra la criminalidad y la impunidad, al posibilitar que los órganos jurisdiccionales puedan procesar o ejecutar una sentencia condenatoria a las personas que se sustraen de su jurisdicción y fugan a otros países amparados por las redes internacionales de las organizaciones a las que pertenecen.
Por esta razón, el presente artículo tiene como finalidad explicar lo que se entiende por extradición y cómo se encuentra actualmente regulada en nuestra legislación, los presupuestos para su aplicación y el procedimiento que deberán seguir los sujetos que participan en ella. Además, se explicará cada uno de estos elementos junto con los tratados internacionales que el Perú ha suscrito, así como el desarrollo jurisprudencial que se ha dado por nuestros órganos jurisdiccionales y por las instancias internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante Corte IDH).