La corrupción es un fenómeno que impide el desarrollo de una sociedad; constituye un problema que impacta negativamente en la confianza de los ciudadanos hacia las autoridades, asimismo, genera el deterioro de las instituciones públicas y el retraso de los fines que requiere la administración pública.
En nuestro país se reconoció a la lucha contra la corrupción como un principio constitucional, que se desprende de los artículos 39 y 41 de la Constitución1, que busca orientar la actuación del Estado.
Los esfuerzos para enfrentar la corrupción y frenar su impacto en la sociedad se ha visto reflejada con la implementación de diversas políticas, como las referidas al sistema de justicia penal. La efectiva persecución del delito representa uno de los grandes desafíos en esta tarea y el apoyo que ha
recibido ha sido inmensa, como debida.
Si bien la lucha contra la corrupción debe ser efectiva no debe desconocer los derechos que le asisten a quienes se encuentran investigados. Es cierto que todo acto de corrupción merece una respuesta inmediata, pero también lo es que no debe confundirse eficiencia con efectividad. El riesgo de hacer o
permitir lo contrario implicaría no solo desconocer lo consagrado en el art. 1 de la Constitución que consagra como principio base la defensa de persona y el respeto de su dignidad como el fin supremo de la sociedad y del Estado, sino en desconocer los deberes del Estado establecidos en el art. 44 de la
Carta magna y quebrar los principios básicos de una sociedad democrática.