Su historia legislativa empieza a partir del desarrollo de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas o también llamada la Convención de Viena de 1988 en cuyo momento se tipificó el lavado de activos o blanqueo de capitales diferenciando los actos de conversión y transferencia, frente a los de ocultamiento y tenencia. Sin embargo, ha de hacerse la precisión de que esto debe entenderse desde la circunscripción a ese ámbito del tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas como delito fuente.