El 15 de enero de 2011 entró en vigencia el Código Procesal Penal de 2004 (CPP 2004) en el Distrito Judicial de Lima. La vigencia anticipada del nuevo ordenamiento procesal está prevista solo para los delitos tipificados en los artículos 382 a 401 del Código Penal. Lo propio ocurrirá el 1 de abril en Lima
Norte, Lima Sur y Callao. En el resto del país, el proceso culminará, para estos casos, el 1 de junio de 2011. Así lo dispone la Ley 29574, modificada por Ley 29648. En los demás casos, distintos a los tipos penales mencionados, se seguirá el calendario previsto en el D.S. 016-2010-JUS1.
A continuación, desarrollaremos algunos aspectos relacionados con la vigencia anticipada del CPP 2004 en el Distrito Judicial de Lima para algunos delitos contra la administración pública.
El proceso de implementación de la reforma procesal penal en nuestro país se inició el 1 de julio de 2006 en el Distrito Judicial de Huaura. La entrada en vigencia del CPP 2004 ha sido progresiva, conforme a un calendario previamente establecido por la Comisión Especial de Implementación.
La progresividad en la aplicación del Código se impuso debido, entre otros factores, al cambio estructural, cultural y de aprendizaje que conlleva la implementación de un nuevo ordenamiento. Por ello, se dijo, no podía realizarse de la noche a la mañana. La progresividad en la implementación buscaba asumir los correctivos normativos y administrativos para que, cuando el código llegara a los distritos judiciales más grandes (Lima), no se incurriera en los problemas detectados durante las etapas anteriores de la implementación2. En este esquema, Lima sería el último distrito judicial en que el Código entraría en vigencia, el 1 de octubre de 2013.