La regulación de las medidas coercitivas que establece el ordenamiento jurídico peruana se ha destacado por darle un especial énfasis a la detención siempre en defensa de los derechos del imputado. La finalidad
de la detención se halla en la seguridad y la protección del resto de ciudadanas, pero, aunque la legislación ha evolucionado en el tiempo garantía a los derechos fundamentales, se rescata también que su aplicación responde a un juicio de racionalidad y proporcionalidad en una etapa del proceso penal en donde aún no se tiene certeza de la culpabilidad del procesado.
Las garantías y derechos establecidos a favor de los ciudadanos han encontrado respaldo constitucional a través de la historia de nuestro ordenamiento. A continuación, resumiremos las principales características en las Constituciones nacionales, así como en el ordenamiento procesal penal.
Un primer aspecto por resaltar lo encontramos en el Estatuto Provisional de 1821, dado por Don José De San Martín, que disponía en su Sección Octava.