Giulliana Loza Avalos

CONTROL FORMAL DEL REQUERIMIENTO ACUSATORIO

El control formal es la observación que realizan las demás partes procesales al requerimiento fiscal, por incumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 349 del Código Procesal Penal. Este momento procesal para cuestionar un defecto formal de la acusación es la etapa intermedia, por lo que si no se observa tal situación en dicho procedimiento precluye la posibilidad de intentarlo cerrada esa fase procesal.

Fecha: 02 de diciembre de 2022

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