En nuestro país, los delitos tributarios están contenidos en una ley especial, el D. Leg. 813. Aunque el legislador peruano ha considerado estos delitos como un grupo independiente, dentro de una ley especial, su naturaleza es la de constituir «delitos económicos», si se entiende por tales a aquellos atentados contra bienes jurídicos que implican intervención del Estado en la economía y el funcionamiento de instituciones económicas básicas.
Fecha: 06 de septiembre del 2023